FACTURACION ELECTRONICA
EN COSTA RICA
La factura electrónica es un comprobante que respalda la
venta de bienes y servicios, el cual debe ser generado en formato electrónico,
en el mismo acto de la compra-venta o prestación del servicio.
¿Que beneficios ofrece y en qué consiste?
¿Que beneficios ofrece y en qué consiste?
El uso de comprobantes electrónicos ofrece una serie de
beneficios para el emisor y receptor del comprobante, entre ellos, menos costos
operativos, rapidez y seguridad en el intercambio de información. Además,
brinda a la Administración Tributaria información en tiempo real, disminución
de costo administrativos, y minería de datos.
Los comprobantes electrónicos son archivos XML, regulados
por la Dirección General de Tributación, los cuales, una vez generados, deben enviarse
a Hacienda para su respectiva validación. Esta validación requiere un visto
bueno, ello con el propósito de que el comprobante pueda ser utilizado como
respaldo de la contabilidad.
Para emitir comprobantes electrónicos es necesario que el
contribuyente cuente con un mecanismo de
seguridad. Puede ser la llave criptográfica emitida por el Ministerio de
Hacienda, que es un método de seguridad que garantiza la integridad,
autenticidad y autoría de los comprobantes electrónicos, o la firma digital que
permite identificar al firmante.
Sanciones
Las sanciones por no utilizar comprobantes autorizados se
encuentran reguladas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios
(CNPT), artículo 85, el cual establece una sanción de dos salarios base, y en
una eventual reincidencia la aplicación del artículo 86 del mismo Código, la
cual implica el cierre del negocio.
Además, la persona se podrá hacer acreedor a la sanción del 2% de los
ingresos brutos no declarados, hasta un máximo de 100 salarios base
(¢43.100.000) por el incumpliendo en el suministro de información, según lo establecido
en el artículo 83 del CNPT.
Fechas importantes y sectores obligados
Los sectores obligados al uso de comprobantes electrónicos
son los siguientes:
Sector
Salud (a partir del 15 de enero de 2018)

Actividades de Contabilidad, Teneduría de Libros y
Auditoría, Asesoramiento en Materia de Impuesto, Asesores Materia Fiscal,
Servicios de Auditoría Servicios Contables, Economistas, Servicios de
Asesoramiento y Consultoría en Administración de Empresas y Negocio, Actividad
de Asesoramiento Empresarial no Contemplado
en otra Parte, Asesor Aduanero.
Actividades Jurídicas, Buffete de Abogado, Notario, Asesor
Legal. Todos estos estarán obligados a partir del 1 de marzo par alo cual deben ajustar su facturación a lo solicitado.
Sector
ingeniería-arquitectura-informática (a partir del 2 de abril 2018).
Consultores informáticos, Servicios de consultaría de
equipo de informática, Diseñadores de software, Diseñador de páginas web,
Reparación de equipo de cómputo, Mantenimiento de equipo de cómputo, Otras
actividades de informática, Actividades de arquitectura e ingeniería y
actividades conexas de asesoramiento técnico, Arquitectos Servicios de
ingeniería (excepto ingeniero civil), Ingenieros civiles, Servicios de
topografía, Dibujante arquitectónico y/o planos de construcción.
Otros
sectores (a partir del 01 de mayo 2018).
Meteorólogo por cuenta propia, Servicios de consultoría de
mantenimiento industrial y mecánico, Asesoramiento técnico en construcciones y obras
de ingeniería civil, Químicos, Geólogo por cuenta propia, Geógrafo por cuenta
propia, Biólogo por cuenta propia, Profesionales en tecnología de alimentos, Servicios
de publicidad, Servicios de bibliotecología, Profesor por cuenta propia,
Profesionales en salud ocupacional, Profesionales en educación especial,
Periodista por cuenta propia.
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